Revista del Plan Agropecuario N° 163 - page 62

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RECURSOS NATURALES
Ante una nueva zafra de siembra,
el productor no puede obviar la im-
portancia que tiene el uso de se-
milla de buena calidad. Cuando
hablamos de calidad, no sólo nos
referimos a la calidad fisiológica,
sino a la calidad que garantice que
lo que estamos comprando es efec-
tivamente lo que nos dicen que es-
tamos comprando y que lo que pa-
guemos no sean problemas.
La semilla que use el productor no
puede tener otro origen que no sea
la compra en el mercado formal o la
reserva de semilla propia, producto
de su cosecha y dentro del estable-
cimiento que esté explotando.
La compra de semilla debe realizase
a empresas inscriptas en el Registro
General de Semilleristas ante el Ins-
tituto Nacional de Semillas (INASE),
exigiendo que cumpla con las normas
de producción y comercialización.
El uso de semilla de reserva
debe
hacerse con responsabilidad y respe-
tando las normativas que la rigen. El
conocimiento de estas normas permi-
tirá producir sin preocupaciones.
En este sentido, INASE -autoridad
oficial en materia de control y fiscaliza-
ción de semillas-, exigirá al momento
de realizar inspecciones a las empre-
sas y productores, la documentación
que garantice el cumplimiento de las
normas vigentes (Ley N° 16.811 de
1997 y Decreto 438/004).
Compra de semilla
Debemos asegurarnos de que lo que
se compre cumpla con las normas de
producción y comercialización de semi-
llas. Para esto se debe controlar que:
• Los envases contengan rótulos
con
toda la información asociada a la
semilla; normalmente éstos se en-
cuentran detallados en una etiqueta
cocida o adherida al envase.
• La empresa cuente con el certifi-
cado de análisis correspondiente
al lote, realizado por un laboratorio
habilitado por INASE.
• La empresa emita una factura
en la
que se detalle la información míni-
ma necesaria. Ésta será el respaldo
formal que le permitirá al productor
realizar un reclamo ante cualquier
inconveniente.
Rótulos
El rótulo es fundamental porque es
el medio por el que el productor en-
cuentra, de forma resumida, toda la
información asociada al lote que com-
pra. Contiene los siguientes datos:
• Nombre de la empresa productora y
vendedora de la semilla.
• Nombre común y científico de la
especie.
• Nombre del cultivar.
• Categoría de la semilla: Pre-básica
(PB), Básica (B), Certificada 1 (C1) o
Certificada 2 (C2) para la clase CER-
TIFICADA, y Comercial A o Comer-
cial B para la clase COMERCIAL.
• Número de lote (conformado en
forma diferencial según se trate de
semilla de clase CERTFICADA o
COMERCIAL).
• Zafra de producción de la semilla.
• Porcentajes mínimos de germina-
ción y pureza específico para cada
especie y/o porcentaje de germina-
ción real de análisis si se tratara de
especies sin Estándar Específico.
• Número del laboratorio que analizó
la semilla.
• Mes y año en que fue realizado el
análisis.
• Peso neto o número de semillas
que contiene el envase.
• Redacción del artículo 38 de la Ley
16.811 que define las responsabili-
dades: “Las instituciones semille-
ristas serán responsables, frente a
terceros y frente al Instituto Nacio-
nal de Semillas, de que la semilla se
ajusta a las normas establecidas en
la presente ley y su reglamentación
y de la exactitud de las menciones
contenidas en los rótulos y enva-
ses de semilla, mientras la misma
sea vendida y ofrecida en venta
por ellas, o cuando fuese vendida u
ofrecida en venta por terceros y se
comprobare la responsabilidad de
dichas instituciones semilleristas.
En los demás casos, la responsabili-
La semilla
El gran comienzo
Área Control de Comercio
Instituto Nacional de Semillas
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