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dad será del comerciante vendedor”.
Porcentaje en peso del material de
recubrimiento, cuando se trate de se-
millas recubiertas
.
Leyenda “SEMILLA TRATADA – NO
APTA PARA CONSUMO HUMANO O
ANIMAL”, especificando el o los ingre-
dientes activos de los productos utili-
zados, en caso de semillas sometidas
a un tratamiento plaguicida.
Texto o adhesivo que identifique
“CULTIVAR PROTEGIDO”, cuando se
trate de
cultivares protegidos
.
Certificado de análisis
Para las especies de mayor impor-
tancia económica en nuestro país,
se han establecido Estándares Espe-
cíficos (EE) que indican cuáles son
los valores mínimos y máximos que
debe cumplir un lote de semillas para
poder ser comercializado (pureza, ger-
minación, tamaño de un lote, otras
semillas, etc.). Las especies que no
cuenten con un EE deberán ser co-
mercializadas con los valores reales
obtenidos para cada parámetro anali-
zado.
En primer lugar, el análisis del lote
de semillas debe ser realizado por un
laboratorio habilitado por INASE, si-
guiendo las metodologías de análisis
exigidas. El certificado que emita el
laboratorio, y el que se puede solicitar
al momento de comprar una semilla,
debe ser válido y contar con la firma
del técnico responsable.
Además de controlar en el certifi-
cado los parámetros analizados (%
pureza, % germinación, etc.), es fun-
damental controlar que el número de
lote coincida con el identificado en los
envases ofrecidos a la venta y que la
muestra analizada haya sido extraí-
da por un muestreador habilitado. El
nombre de éste debe aparecer en el
certificado (los muestreadores habi-
litados se encuentran listados en el
sitio web de INASE para su consulta).
Esto garantiza que los resultados del
certificado avalan el lote completo y
que no son el resultado de un análisis
de una mínima parte.
No perdamos de vista que, si bien
el responsable de los análisis y cer-
tificados emitidos es el laboratorio
que analiza la semilla, el responsable
de la comercialización de la semilla
cumpliendo con parámetros mínimos
establecidos en los EE es la empresa
que la comercializa.
Para corroborar que los EE se cum-
plan, INASE cuenta con control de
comercio, área técnica especializada
que controla, inspecciona, interviene
y muestrea lotes de semillas dispues-
tos a la venta. Las muestras extraídas
son enviadas al Laboratorio Oficial de
Análisis de Semillas (LOAS) para veri-
ficar que se esté cumpliendo con los
estándares. En caso contrario, se in-
movilizan e inhabilitan para su comer-
cialización, al tiempo que se sanciona
a la empresa.
El plazo de validez de un certificado
de análisis es de nueve meses. Pasa-
do ese plazo, y si la empresa desea
mantener a la venta el lote de semi-
llas, deberá reanalizar el lote y modifi-
car la fecha de análisis en los rótulos
correspondientes. Los lotes podrán
ser reanalizados cuantas veces se
desee, pero podrán ser comercializa-
dos únicamente si aún cumplen con
los parámetros mínimos de germina-
ción y pureza. Empresas que comer-
cialicen semillas sin el respaldo de su
correspondiente certificado de análi-
sis vigente, estarán cometiendo una
infracción.
Factura de compra
La factura de compra que reciba el
productor por parte de la empresa,
será el único documento que com-
pruebe la obtención legal de la mer-
cadería. Será el primer documento
exigido por INASE al momento de pre-
sentarse un reclamo para poder trazar
el lote y, ante cualquier falta, respon-
sabilizar a quien corresponda.
¿Qué se debe exigir en una factura?
• Nombre de la especie.
• Nombre del cultivar.
• Número de lote.
• Nombre completo o denominación
social del comprador de la semilla.
Uso de semilla de reserva
Es importante tener presente que
la semilla de reserva por parte de un
productor tiene también una normati-
va que debe cumplirse. Cuando esto
no sucede, las sanciones impuestas
pueden ser significativas, más aún
cuando se trate de semilla de cultiva-
res protegidos.
Ejemplos de rótulos semilla categoría Comercial A y Certificada 1 (C1).