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« Previous Page Table of Contents Next Page »42 BIENESTAR Y SALUD ANIMAL
¿Cómo se puede determinar que estamos frente a un foco de tuber-culosis?
La tuberculosis puede ser difícil de diagnosticar basándose sólo en los sig-nos clínicos.
El diagnóstico se puede realizar por métodos directos e indirectos. Los pri-meros se basan en la determinación de la presencia del agente o en las lesiones típicas que produce en los tejidos afec-tados a nivel de laboratorio. y compren-den: aislamiento bacteriológico, histo-patología, baciloscopía (visualización del M. bovis a través de la coloración de Ziehl-Nielsen) y la detección del an-tígeno bacilar por la técnica de reacción de cadena de la polimerasa (PCR). Las restricciones de estos métodos son el tiempo que insumen (8 semanas para el aislamiento del agente), que la histo-patología se realiza sobre tejidos de ani-males muertos y el alto costo que tiene el PCR.
Los métodos indirectos son los que evalúan la respuesta inmunitaria que produce el agente infeccioso en el huésped. Son los utilizados para realizar el diagnóstico a nivel de rodeo e inclu-yen la tuberculinización, la detección de gamma interferón y la detección de an-ticuerpos por medio de una técnica de ELISA.
La más usada a nivel mundial por su efectividad, facilidad de realización y costo, es la prueba de tuberculina. En nuestro país, actualmente la única técnica aceptada a nivel ofcial es la tu-berculina o intradermoreacción realiza-da en el pliegue ano-caudal con el De-rivado Proteico Purifcado del M. bovis (PPD).
La lectura de la reacción debe reali-zarse a las 72 horas luego de inyectar vía intradérmica 0.1 ml de PPD bovino (1mg/ml) y la interpretación es la que se detalla en el cuadro Nº 1.
¿Cuáles son las bases del control y de la erradicación de la enferme-dad?
Los programas de control y erradica-ción se basan en la aplicación de la prue-ba de tuberculina a todo el rodeo, en la eliminación de los animales (reactores) positivos y en una adecuada vigilancia
Cuadro 1. Interpretación de la prueba tuberculínica caudal simple
Animal Engrosamiento de la piel del pliegue ano-caudal
Positivo 5 mm o más Dudoso Entre 3 y 4 mm Negativo Menos de 3 mm
epidemiológica a través de la detección de lesiones en mataderos y frigorífcos. Los animales positivos a la tuberculina deberán ser eliminados, destinándose-los a sacrifcio en forma inmediata, con el fn de evitar la diseminación a otros bovinos.
La segregación de reactores positivos dentro del establecimiento o en rodeos sanitarios por un período intermedio hasta su eliminación, es una alternati-va que permite paliar el efecto econó-mico negativo que implica el descarte. Pero hay que tener en cuenta que esto puede implicar riesgos secundarios de diseminación de la enfermedad a otros animales y al hombre.
Algunas medidas precautorias para adoptar en establecimientos afectados son el uso de desinfectantes fenolados en la limpieza, de tambos, corrales y otras instalaciones, así como y el sumi-nistro de sustitutos lácteos a los terne-ros bajo crianza.
Los movimientos de hacienda tienen como agregado el riesgo potencial de llevar enfermedades de un rodeo a otro. Cuando se decide el ingreso de ani-males en un establecimiento, se debe asegurar que el estado sanitario de los bovinos ingresados respecto a Tubercu-losis bovina sea el adecuado, debiendo provenir de establecimientos libres o en avanzado estado de saneamiento.
La inspección veterinaria en matade-ros y frigorífcos es una herramienta fundamental para la vigilancia epidemio-lógica de esta enfermedad.
La detección de lesiones en la faena permite determinar los niveles de infec-ción, tanto en ganado de carne como en ganado de leche. Esto, unido al sistema de identifcación y trazabilidad, permite detectar los rodeos afectados e iniciar medidas de control.
Legislación
En nuestro país, desde principios del siglo pasado existe la obligatoriedad de realizar la prueba de tuberculina a todo animal de producción lechera. La apli-cación de la prueba tuberculínica y su lectura, también desde esa fecha, debe ser realizada por el veterinario particular habilitado y el veterinario ofcial. Con la implementación del Plan de Le-che Califcada en el año 1963, se debían cumplir entre otras cosas, con requisi-tos sanitarios del rodeo, entre los que estaban la tuberculinización de todo bo-vino lechero mayor de 1 año. En el marco actual del Sistema Nacio-nal de Calidad de Leche y en lo deno-minado Refrendación de Tambos entre otras cosas, se debe realizar la prueba de tuberculina a todo bovino mayor de 1 año de edad. Aquellos animales que son positivos a la prueba, deben ser
Ganglio con lesiones
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