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identifcados y enviados a faena obliga-toria.
También se exige dicha prueba en toda comercialización de bovinos repro-ductores, machos y hembras de pedigrí (carne y leche) y de hembras de razas lecheras. Esto es a través de certifca-ción veterinaria donde conste que han resultado negativos a la prueba tubecu-lina intradermocaudal dentro de los 120 anteriores a la fecha de ingreso de los animales al evento o comercialización.
Enfermedad en el humano
El principal agente causal de la tuber-culosis en el hombre es el Mycobacte-rium tuberculosis.
El M. bovis, agente de la tuberculosis bovina, puede infectar a los humanos, principalmente por la ingestión de pro-ductos lácteos no pasteurizados. Esta fue una de las principales vías de con-tagio al humano (especialmente niños) hasta que se adoptó la pasteurización obligatoria de la leche y sus subproduc-tos en la década del 60.
Según información de la Comisión Honoraria de Lucha antituberculosa en nuestro país hay aproximadamente 700
casos de tuberculosis en humanos, lo que hace una incidencia de 21.29 casos cada 100.000 habitantes. En los últimos años no se ha reportado casos de tuber-culosis en humanos, debido al M. bovis
Algunas consideraciones fnales
Debemos recordar que laTuberculosis bovina, esta presente en el país y que es una de las zoonosis más importan-tes en el mundo.
Existe en el país una reglamenta-ción que todos deberemos cumplir en tiempo y forma para poder com-batir la enfermedad.
Los productores de leche deberán realizar anualmente la refrendación de tambo, que implica la tuberculini-zación de todos los bovinos mayores de 1 año. Además, los productores ganaderos que comercialicen re-productores machos y hembras de pedigrí, también deberán realizar la prueba de tuberculina, al menos 120 días antes de dicha comercialización o exhibición.
Aquellos productores que quieran estar seguros de no introducir la en-fermedad en sus rodeos, deberán
realizar la prueba de tuberculina a los animales que vayan a entrar en su es-tablecimiento.
Los veterinarios deben realizar la técnica de tuberculina de manera correcta y realizar su lectura a las 72 horas de inyectada. Consideramos que es necesario comenzar con la acreditación de veterinarios en este tema.
Los servicios ofciales deberán controlar y auditar que las acciones anteriormente mencionadas se reali-cen. También se debería realizar una educación continua de los inspecto-res en plantas de faena para mejorar la detección de animales con lesio-nes, y de esa manera, poder realizar una mejor vigilancia epidemiológica. En conclusión, los sectores ofcia-les y privados (productores y vete-rinarios) deberán trabajar conjun-tamente para poder mantener de forma adecuada el estatus sanitario del país, no solo para que no sea una barrera que impida la exportación de nuestros productos pecuarios, sino sobre todo, para resguardar la Salud Pública.
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